sábado, 6 de junio de 2015


Unidad III: Derecho, Obligaciones y Responsabilidades de los Actores Institucionales.
En la Ley de Educación Nacional N°26206 en el Titulo IV Capitulo I se establece los Derechos y Obligaciones de los Docentes, afirmando que los educadores de todo el Sistema Educativo tienen derecho a desempeñar sus funciones en cualquier Jurisdicción, mediante la acreditación de los títulos.
En el TÍTULO X Capítulo VI determina los Derechos y Deberes de los Alumnos. Siguiendo en el mismo título pero en el Capítulo VII determina los Derechos y Deberes de los Padres, Madres y  Tutores.
Ley de Educación Nacional N° 26206 






Título IV Capítulo I Derecho y Deberes de los Docentes
Los  docentes de todo el sistema educativo tienen derecho a desempeñar sus funciones en cualquier jurisdicción mediante la acreditación de los títulos, sobre la base de libertad de cátedra y de enseñanza, en el marco de los principios establecidos por la Constitución Nacional y la Normativa vigente.
Como así también tienen derecho a:
·                    La capacitación, actualización integral y gratuita a lo largo de toda su carrera.
·                    La estabilidad en el cargo y gozar de los beneficios sociales y propios de su trabajo (salario digno, jubilación, obra social).
·                    Trabajar en un lugar que puedan desarrollar sus actividades en condiciones dignas.
·                    Acceder al cargo por concurso
Son Obligaciones:
Respetar y hacer respetar los principios constitucionales, las disposiciones de la presente ley, la normativa institucional y la que regula la tarea docente. Como así también la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
Cumplir con los lineamientos de la política educativa de la Nación y de la respectiva jurisdicción y con los diseños curriculares de cada uno de los niveles y modalidades.
Capacitarse y actualizarse en forma permanente.
Ejercer su trabajo de manera idónea y responsable.
Proteger y garantizar los derechos de los/as niños/as y adolescentes que se encuentren bajo su responsabilidad, en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 26.061.
El personal administrativo, técnico, auxiliar, social, de la salud y de servicio es parte integrante de la comunidad educativa y su misión principal será contribuir a asegurar el funcionamiento de las instituciones educativas y de los servicios de la educación, conforme los derechos y obligaciones establecidos en sus respectivos estatutos.

Título X Capítulo VI determina los Derechos y Deberes de los Alumnos.
Los  alumnos  tienen derecho a:

  • Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales que garantice igualdad de oportunidades.
  • Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia  democrática.
  • Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
  • Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.
  • Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria.
  • Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
  • Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las instituciones educativas.
  • Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desarrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de aprendizaje.
Son deberes de los alumnos

  • Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.
  • Participar en todas las actividades formativas y complementarias.
  • Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de
  • Todos los miembros de la comunidad educativa. Como así también el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.
  • Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el derecho de sus compañeros, y a las autoridades escolares.
  • Asistir a clase regularmente y con puntualidad.
  • Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones, equipamiento y materiales didácticos del establecimiento educativo.
Título X Capítulo VII determina los Derechos y Deberes de los Padres, Madres y  Tutores.
Los padres, madres o tutores de los estudiantes tienen derecho a:
  • Ser reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación.
  • Participar en las actividades de los establecimientos educativos en forma individual o a través de las cooperadoras escolares y los órganos colegiados representativos, en el marco del proyecto educativo institucional.
  • Elegir para sus hijos o representados la institución educativa cuyo ideario responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas.
  • Ser informados  periódicamente acerca de la evolución y evaluación del proceso educativo de sus hijos o representados. 
Son Deberes:
  • Hacer cumplir a sus hijos o representados la educación obligatoria. Asegurándose de que estos concurran al establecimiento educativo para el cumplimiento de la escolaridad obligatoria, salvo excepciones de salud o de orden legal que impidan a los educandos su asistencia periódica a la escuela.
  • Seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o representados
  • Respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la autoridad pedagógica del docente y las normas de convivencia de la unidad educativa. Como así también respetar y hacer respetar a sus hijos o representados la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.

 En esta unidad también se trabajó el Estatuto Docente, que es una Ley Orgánica Constitucional que es el equivalente a las normas laborales de los docentes. En la que se reglamenta los derechos y obligaciones del Educador y el Estado.




Proyecto de Ley Nuevo Estatuto Docente

 


Resultado de imagen para FOTOS DEL ESTATUTO DOCENTE


No hay comentarios:

Publicar un comentario